Posteado por: eticaperiodistica | May 19, 2008

Debate sobre el periodista y la sociedad

 

Los periodistas debemos defender el sistema democrático, la pluralidad informativa y el pleno respeto de los derechos humanos. El trabajo profesional no puede nunca poner en riesgo estos principios, por el contrario debemos denunciar los hechos que atenten contra los mismos.

 

Los periodistas no somos auxiliares de ningún poder del Estado, ni fiscales ni mediadores. El cumplimiento de nuestra responsabilidad, mostrar la verdad y lo que ocurre en la realidad, ya son aportes de suficiente importancia y responsabilidad social que no debemos mezclar con otras tareas. La obtención de información no podrá nunca poner en riesgo el valor de la vida.

 

Cuando una información se haya revelado de manera inexacta favoreceremos la posibilidad del derecho a réplica por parte de quien se sienta afectado.

 

Los periodistas respetaremos el derecho a la intimidad y la privacidad de las personas y en ese deber incluimos a sus parientes, familiares y amigos. Sólo abordaremos aspectos de la privacidad de las personas públicas cuando ellas mismas los expongan, cuando con sus comportamientos contradigan valores y principios que públicamente defienden o afecten el interés público.

 

Extenderemos este deber hacia las personas privadas en respeto de su intimidad con la sola excepción que consideremos imprescindible dar cuenta de algún aspecto porque sus comportamientos adquieren relevancia pública o porque hubiesen decidido, de manera voluntaria, exponerse a la opinión pública.

 

Los periodistas respetaremos el principio de inocencia de todo imputado, las identidades de menores y víctimas de delitos sexuales y trabajaremos alejados de las palabras, descripciones, fotografías e imágenes que ingresen en el terreno de la morbosidad y el sensacionalismo. Del mismo modo trataremos de que no se publiquen los casos de suicidio a menos que uno o más hechos sean tomados como demostrativos de una tendencia social o de una problemática específica que juzguemos, o lo haga el editor, importante poner en conocimiento público.

 

Los periodistas sólo mencionaremos cuestiones que tengan que ver con la raza, el color, las creencias, el estado civil, las discapacidades o capacidades diferentes y las elecciones sexuales de las personas cuando sea estrictamente necesario para la comprensión de la información a brindar. Por lo tanto evitaremos utilizar materiales que aporten a la discriminación, la xenofobia y los prejuicios.

 

Los periodistas no utilizaremos lenguaje sexista, por el contrario nos esforzaremos en el empleo de formas inclusivas, que colaboren en la eliminación de los estereotipos hacia las mujeres y asimilaremos expresiones que tiendan a la igualdad de oportunidades y al equilibrio entre los sexos.

 

Los periodistas trabajaremos individual y colectivamente contra las restricciones en el acceso a las fuentes de información pública. Lo haremos porque el ejercicio de ese derecho mejorará el trabajo periodístico y porque corresponde a todos los habitantes.

 

Los periodistas no podemos ser indiferentes ante el respeto por los valores universales y la diversidad de las culturas. Por lo tanto nos esforzaremos por cultivar la paz, la democracia, los derechos de mujeres y hombres, el progreso social, la liberación de cada pueblo y el derecho a preservar su identidad y autodeterminación.

 

El trabajo por un nuevo orden internacional, nacional y regional de la información es parte del compromiso de los periodistas que concebimos la información como un derecho humano. Ese compromiso incluye el trabajo contra los monopolios y la concentración de la comunicación en pocas manos, que niegan la democracia informativa y la pluralidad de voces.

 

Los periodistas nos esmeraremos por promover el acceso de todos los sectores sociales a la comunicación, por darles la palabra y tomaremos sus preocupaciones y problemas consultándolos directamente y no valiéndonos de los partes oficiales sobre las problemáticas que los afectan.

Posteado por: eticaperiodistica | May 19, 2008

Debate sobre la relación del periodista con sus pares y el medio

 

La utilización de fragmentos textuales o modificados en algunos pasajes sin citar la pertenencia de su autor constituye plagio y es una práctica desleal para con quien trabajó el tema y también para con el público. Las atribuciones deben ser claras y precisas.

 

El trabajo periodístico no significa sumisión de conciencia, por el contrario el hecho de trabajar para una empresa que tiene su línea o determinación editorial no implica que se deban dejar de lado convicciones y principios, cualquiera sea la índole de los mismos. No podremos ser obligados a escribir sobre aquello que nos violenta en esas convicciones o principios o que sabemos que no responde a la verdad. Tampoco seremos obligados a firmar las producciones a las que se hubiera modificado por sobre los criterios habituales que responden a la coherencia de una edición. Estas razonables y fundadas negativas no podrán justificar, por parte de las empresas para las que trabajamos, sanciones de ningún tipo.

 

Los periodistas tenemos derecho al respeto por la integridad de nuestras producciones y al reconocimiento de nuestra creación intelectual. Este derecho comprende el de permanecer anónimo o valernos del uso de un seudónimo.

 

La cláusula de conciencia -que comprende lo enumerado en este ítem- podrá ser invocada de manera individual pero esta Declaración de Principios incluye el compromiso de reclamar y gestionar, junto a otras organizaciones del país, para que las empresas reconozcan nuestro derecho a disentir con la línea editorial y que ese disenso pueda ser expresado por el mismo medio cuando en asamblea de trabajadores la mayoría lo solicite.

 

Rechazamos la censura y las diversas formas de presión y condicionamiento que generan autocensura. Debemos denunciar estos mecanismos y tomarlos como problemas que afectan al conjunto de los trabajadores de un medio en cuanto al compromiso con la verdad.

 

Los periodistas distinguiremos la información obtenida de distintas fuentes de aquellas que son nuestras opiniones personales. Tenemos todo el derecho de emitirlas pero con la aclaración de que así lo hacemos.

 

Los periodistas debemos rechazar el ejercicio de funciones, tareas y beneficios que nos coloquen en situación de vulnerabilidad respecto de nuestra independencia e integridad profesional.

 

La aceptación de viajes que sean pagados por organizaciones privadas o espacios gubernamentales condiciona la independencia de la información. Es conveniente que sea el medio de comunicación el que se haga cargo de los costos de las coberturas y que la tarea del periodista sea ejercida en cuanto a lo que prevé el convenio colectivo de trabajo. Cuando no sea de esa forma las crónicas de viaje deben dar cuenta de que formamos parte de una comitiva solventada por esferas públicas o privadas.

 

Los periodistas no aceptaremos dinero ni regalos por publicar información. En este último caso deberemos rechazarlos explícitamente, tal vez con la excepción de aquellos de poco valor económico.

 

Los periodistas no debemos utilizar de manera anticipada y en beneficio propio las informaciones que conocemos. Cuando existe un interés personal sobre una información o nos sentimos ante un conflicto que nos pone en situación de vulnerabilidad debemos excusarnos de trabajar en el tema y pedir ser reemplazados por un colega de la redacción.

Posteado por: eticaperiodistica | May 19, 2008

Debate sobre la Información y las Fuentes

Los periodistas tenemos como primer deber el trabajo por la búsqueda de la verdad, la transmisión de los hechos tal como ocurren y en el contexto en el que suceden, siempre a través de medios lícitos y legales. El público debe conocer la manera en que obtuvimos la información.

 

En este sentido los periodistas debemos verificar el origen de la información recogida y la consulta de todas las fuentes disponibles para transmitir al público esa verdad invocada. Es importante advertir cuando no fue posible realizar la consulta de alguna fuente considerada importante por el tema tratado.

 

El rechazo a falsear o parcializar información es una actitud indispensable. Tomados todos los recaudos en la búsqueda de la exactitud, sólo el error involuntario en la información puede tolerarse con la inmediata voluntad por subsanarlo.

 

Los periodistas deberemos hacer todo lo posible, y plantear ante los niveles jerárquicos, la necesidad de rectificar cualquier información que se haya revelado de manera inexacta y permitir su corrección.

 

Los periodistas trabajaremos para que la fuente consultada acepte que se la identifique. De no ser así deberemos consignar que se reserva esa identidad en uso del derecho-deber ético del secreto de las fuentes de información, que no cederá ni siquiera ante la requisitoria judicial o en juicio. La excepción puede constituirla el hecho de que esa reserva se utilice como recurso para canalizar informaciones falsas.

 

El secreto profesional puede dejarse de lado cuando la fuente nos releve del compromiso ético. Entendemos que como ningún derecho es absoluto deberá resignarse cuando aporte a preservar la vida humana.

 

Cabe aclarar que en la protección de las fuentes de información deben incluirse los apuntes personales, las grabaciones y cualquier registro del periodista realizado en distintos soportes.

 

Esta Declaración incluye el compromiso institucional y colectivo de rechazo y reacción ante las presiones y acosos que pretendan la violación del off de record o la identificación de las fuentes por parte de los periodistas.

 

Los periodistas no somos agentes secretos ni espías y expresamente rechazamos la obtención de información a través de métodos que importen negar o no manifestar nuestra condición de trabajadores de la comunicación, utilizar dispositivos o recursos tecnológicos ocultos, o pagar para obtener información.

 

Deberemos poner en conocimiento del público el uso de alguna de las formas que justamente no se adecuan al párrafo anterior -tal el caso de una cámara oculta cuando medie autorización judicial- y cuando haya sido absolutamente justificado.

 

El entrevistado debe saber que habla con un periodista, que se lo está grabando -aun cuando la conversación sea telefónica- o que una cámara está encendida.

Posteado por: eticaperiodistica | May 19, 2008

CÓDIGO DE ÉTICA DE FOPEA

 I – Valores Esenciales

 

1. Los periodistas que integran FOPEA se comprometen a buscar la verdad, a resguardar su independencia y a dar un tratamiento honesto a la información.

 

2. Son objetivos irrenunciables para el periodista el rigor y la precisión en el manejo de datos con el fin de alcanzar una información completa, exacta y diversa. La distorsión deliberada jamás está permitida.

 

3. Los valores esenciales de los periodistas que adhieren a este Código son el respeto a los principios de la democracia, la honestidad, el pluralismo y la tolerancia.

 

4. Las restricciones, presiones y amenazas forman parte del ejercicio periodístico cotidiano, pero ello no justifica ningún tipo de recurso prepotente ni ilegítimo para obtener información. El periodista debe evitar ejercer cualquier tipo de acoso.

 

5. El buen gusto es un valor periodístico, por lo que la curiosidad escatológica, la estridencia innecesaria y la morbosidad son actitudes a evitar.

 

II – Métodos

 

6. El buen uso del idioma español es una rigurosa obligación del periodista. El léxico debe ser rico y cultivado tanto como respetuoso de la diversidad hablada por la sociedad en la que el periodista ejerce su profesión.

 

7. Los métodos para obtener información merecen ser conocidos por el público.

 

8. En casos de necesidad, cuando no exista otra forma de obtener una información, el periodista puede acordar con la fuente que no será identificada, es decir, que su testimonio estará bajo un convenio de “off the record”. Las condiciones del diálogo establecidas al comienzo de la conversación serán estrictamente respetadas por el periodista, sin que la catadura moral del entrevistado justifique el incumplimiento de lo pactado. En el caso de que se conviniera con la fuente, el concepto del “off the record” debe ser tomado en la forma más extensiva, que impide no sólo identificar al informantesino también publicar el contenido de la información suministrada.

 

9. Ninguna nota requiere el permiso de una fuente antes de ser publicada, como así tampoco el texto de las entrevistas necesita ser revisado por el entrevistado.

 

10. Los periodistas no aplican métodos propios de los servicios de inteligencia para obtener información. El uso de procedimientos no convencionales para lograr datos u obtener testimonios puede ser considerado sólocuando se viera involucrado un bien o valor público. Nunca debe afectarse con ese fin la intimidad de las personas.

 

11. Corresponde que el periodista se identifique como tal.

 

12. Las citas deben respetar fielmente lo que las fuentes dicen, tanto en su contenido como en su espíritu, sin supresiones distorsivas. Cuando se trate de fuentes no entrenadas, se evitará potenciar una dificultad de expresión o una mala sintaxis.

 

13. Las fotografías y tomas de video deben ser exactas y fieles a la realidad que intentan reflejar. Eso excluye las escenas montadas con propósitos de manipulación. Cuando se realice un montaje, debe ser claramente explicitado que se trata de una recreación.

 

14. La información debe ser claramente distinguida de la opinión.

 

15. Copiar fragmentos de trabajos existentes sin mencionarlos con carácter de citas constituye plagio y es una falta grave.

 

16. No indicar que un suceso noticioso fue descubierto por otro periodista e informar el hecho como si fuera un hallazgo propio es una explotación deshonesta del trabajo ajeno y constituye, por lo tanto, una forma de plagio.

 

17. Ninguna noticia justifica poner en riesgo una vida. En las coberturas periodísticas de tomas de rehenes, el periodista no obstaculizará la tarea policial y judicial, y dejará que exclusivamente los funcionarios públicos se ocupen de resolver la situación.

 

III – El periodista como individuo

 

18. Es incompatible con la profesión periodística la difusión de mensajes publicitarios explícitos o implícitos.

 

19. La información noticiosa y la publicidad deben ser claramente diferenciadas. La publicidad informativa, a veces denominada “publinota”, contraviene el principio fundamental e indispensable de caracterización, por lo que debe ser identificada como tal.

 

20. Los periodistas no deben participar de la negociación o tramitación de pautas publicitarias, tarea que está a cargo de áreas comerciales. En el caso de ser propietarios de publicaciones o espacios de radio y televisión que reciben publicidad, los periodistas deben derivar la contratación de anuncios a las áreas específicas.

 

21. Los periodistas jamás deben prestarse a realizar operaciones de prensa ni a difundir información tendenciosa. Si una información de interés público proviniera de una operación de prensa, corresponde aclarar suorigen.

 

22. Ningún periodista debe aceptar pagos, retribuciones, dádivas ni privilegios de ningún tipo que pudieran pretender, de manera explícita o no, incidir sobre un manejo informativo particular. Los sobornos y las prácticas extorsivas son una falta grave.

 

23. Los periodistas no deben pagar por información.

 

24. La búsqueda de la excelencia es una constante en la vida del periodista y eso incluye su capacitación permanente y la mejora de sus prácticas.

 

 25. El periodista sirve al interés público, nunca a objetivos sectoriales ni personales, y se debe considerar a la información como un bien social. El ejercicio de la profesión de un servidor público no habilita la obtención de beneficios personales. Ello no contradice el hecho de que, como trabajador, el periodista tiene derecho a una compensación equivalente a su utilidad a la sociedad, que le permita ejercer su profesión en las mejores condiciones.

 

26. En virtud de su compromiso con el interés público, el periodista debe evitar una vida condicionada por los lujos y aislada de las preocupaciones sociales.

 

27. Deben rechazarse los regalos y atenciones que pudieran ofrecerse como resultado de su trabajo o sus conexiones profesionales. Corresponde devolver al remitente los regalos con una explicación sobre los principios de ética periodística que impiden aceptar cualquier tipo de retribución de terceros. Podrían exceptuarse de esta regla los obsequios de cortesía, siempre que su valor no exceda los 30 dólares estadounidenses.

 

28. Es recomendable que los periodistas sólo acepten viajes si son pagados por los medios en los que trabajan. En caso de acceder a una invitación paga, esta situación debe ser indefectiblemente explicitada en la cobertura para que el lector, oyente o televidente, pueda evaluar la imparcialidad del trabajo del periodista. Los viajes que fueran meramente de placer o recreación no deben ser aceptados.

 

29. Es incompatible con la profesión del periodista cualquier tipo de actividad que afecte su independencia y el derecho del público a ser informado con honestidad.

 

30. Ningún periodista puede ser obligado a firmar un trabajo profesional que contradiga sus valores y creencias. De la misma manera, los periodistas no pueden aducir que fueron obligados a violar normas éticas.

 

31. El periodista debe rectificar la información difundida, en el caso de que así correspondiera.

 

IV – Respeto por la ciudadanía

 

32. El periodista debe respetar la privacidad de las personas. Sólo cuando se viera afectado un bien o valor público por un aspecto relacionado con la intimidad de una persona, puede prevalecer el derecho a la información de los ciudadanos por sobre la privacidad de un particular.

 

33. El periodista sólo podría mencionar cuestiones de religión, etnia, nacionalidad, orientación sexual, discapacidades físicas o psíquicas, etc., si ello fuera indispensable para comprender la información y dicha referencia no resultara ofensiva ni discriminatoria

 

34. Deben evitarse las generalizaciones que dañen a grupos minoritarios, lasdemarcaciones sexistas, las observaciones provocativas y losprejuicios de cualquier tipo.

 

35. En toda información debe respetarse el principio constitucional de inocencia de cualquier persona mientras una culpabilidad no hubiera sido probada judicialmente. Los pronunciamientos de las fuentes policiales no son suficientes para determinar culpas ni siquiera cuando tienen la forma de comunicados oficiales.

 

36. Siempre se debe buscar que la persona acusada de participar de un delito dé su visión de los hechos en la información.

 

37. En el caso de que víctimas de tragedias o incidentes, o sus familiares y allegados, prefirieran no exponerse a la prensa, debe respetarse su posición y evitar difundir imágenes o sonido del momento en el que rehúsan la requisitoria periodística.

 

38. No deben publicarse los nombres de víctimas de delitos sexuales, a menos que se cuente con su consentimiento explícito.

 

39. En ningún caso deben consignarse los nombres e imágenesde niños o adolescentes involucrados en actos criminales, ni siquiera por su nombre de pila, alias o apodo.

 

40. Debe evitarse la publicación de suicidios, a menos que se trate de casos de ostensible valor informativo.

 

V – Aplicación del Código

 

41. Este código considera las mejores prácticas profesionales y es de cumplimiento estricto para las personas integrantes de FOPEA, que están obligadas a respetarlo y hacerlo respetar.

 

42. La adhesión a estos principios y su cumplimiento es un requisito para formar parte del foro. Su incumplimiento es motivo suficiente para dejar de pertenecer a FOPEA .

Posteado por: eticaperiodistica | May 19, 2008

Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO

La UNESCO es el único organismo de las Naciones Unidas que tiene el mandato de defender la libertad de expresión y la libertad de prensa.

 

Conclusiones del Fourth Consultative Meeting of International and Regional Organizations of Journalists, realizado en París el 20 de noviembre de 1983. Participaron: International Organization of Journalists (IOJ), International Federation of Journalists (IFJ), International Catholic Union of the Press (UCIP), Latin-American Federation of Journalists (FELAP), Latin-American Federation of Press Workers (FELATRAP), Union of African Journalists (UJA), Confederation of ASEAN Journalists (CAJ).

 

1) El derecho del pueblo a una información verídica:

El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.

 

2) Adhesión del periodista a la realidad objetiva:

La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.

 

3.- La responsabilidad social del periodista:

En el periodismo, la información se comprende como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.

 

4.- La integridad profesional del periodista:

El papel social del periodista exige el que la profesión mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté empleado.

 

5.- Acceso y participación del público:

El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.

 

6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre:

El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.

 

7.- Respeto del interés público:

Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.

 

8.- Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas:

El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, social, económico o cultural. El periodista participa también activamente en las transformaciones sociales orientadas hacia una mejora democrática de la sociedad y contribuye, por el diálogo, a establecer un clima de confianza en las relaciones internacionales, de forma que favorezca en todo la paz y a justicia, la distensión, el desarme y el desarrollo nacional.

 

9.- La eliminación de la guerra y otras grandes plagas a las que la humanidad está confrontada:

El compromiso ético por los valores universales del humanismo previene al periodista contra toda forma de apología o de incitación favorable a las guerras de agresión y la carrera armamentística, especialmente con armas nucleares, y a todas las otras formas de violencia, de odio o de discriminación, especialmente el racismo.

 

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