Posteado por: eticaperiodistica | mayo 19, 2008

Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO

La UNESCO es el único organismo de las Naciones Unidas que tiene el mandato de defender la libertad de expresión y la libertad de prensa.

 

Conclusiones del Fourth Consultative Meeting of International and Regional Organizations of Journalists, realizado en París el 20 de noviembre de 1983. Participaron: International Organization of Journalists (IOJ), International Federation of Journalists (IFJ), International Catholic Union of the Press (UCIP), Latin-American Federation of Journalists (FELAP), Latin-American Federation of Press Workers (FELATRAP), Union of African Journalists (UJA), Confederation of ASEAN Journalists (CAJ).

 

1) El derecho del pueblo a una información verídica:

El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.

 

2) Adhesión del periodista a la realidad objetiva:

La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.

 

3.- La responsabilidad social del periodista:

En el periodismo, la información se comprende como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.

 

4.- La integridad profesional del periodista:

El papel social del periodista exige el que la profesión mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté empleado.

 

5.- Acceso y participación del público:

El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.

 

6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre:

El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.

 

7.- Respeto del interés público:

Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.

 

8.- Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas:

El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, social, económico o cultural. El periodista participa también activamente en las transformaciones sociales orientadas hacia una mejora democrática de la sociedad y contribuye, por el diálogo, a establecer un clima de confianza en las relaciones internacionales, de forma que favorezca en todo la paz y a justicia, la distensión, el desarme y el desarrollo nacional.

 

9.- La eliminación de la guerra y otras grandes plagas a las que la humanidad está confrontada:

El compromiso ético por los valores universales del humanismo previene al periodista contra toda forma de apología o de incitación favorable a las guerras de agresión y la carrera armamentística, especialmente con armas nucleares, y a todas las otras formas de violencia, de odio o de discriminación, especialmente el racismo.

 

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Respuestas

  1. me gustaria saber tambien si existe el código de la etica interamericana de prensa y el codigo de etica periodistica establecida por la FIES. Gracias

  2. hola como estan, estoy interesada en que me puedan ayudar con una informacion que necesito sobre la etica interamericana de prensa y codigo latinoamericano de etica periodistica y el codigo de etica establecida por FIES. si por favor pueden hacerme lo llegar lo mas antes posible, agradecida. Dios los bendiga

  3. [...] Internacional: L’UNESCO va crear el 1983 un codi d’ètica periodística internacional per defensar les llibertats d’informació i de premsa, els drets fonamentals de les persones, els [...]

  4. [...] Al programa del 15 d’abril es va tractar el tema de tenir poders extrasensorials, el primer convidat tenia el do de veure com podia ajudar a persones, actuant de mediador. El convidat, amb un fort accent andalús, no porta ni un minut parlant quan la presentadora del programa ja s’està rient d’ell i la seva forma de parlar. Trobem un primer incompliment del Codi Internacional de’Ètica Periodística de la UNESCO: [...]

  5. [...] Dit això, vull destacar dos dels principis que recullen alguns codis deontològics respecte a la professió periodística. Per una banda, l’apartat 15 del Codi Europeu de Deontologia del Periodisme, i per l’altra, el tercer apartat del Codi Internacional de l’Ètica Periodística de la UNESCO. [...]

  6. [...] últim comentar que amb tot aquest fet també es va respectar el punt 5 del codi Internacional d’ètica periodística de la UNESCO, ja que es va permetre la participació dels assistents per a donar la seva opinió, es va donar la [...]

  7. [...] al programa, pels col·laboradors i pels seus pretendents respectant els codis ètics de la UNESCO i els codis deontològics de la professió que fan referència a la participació del públic i al [...]

  8. [...] uno de los pilares del periodismo, en temas de seguridad nacional o seguridad pública. El Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO establece lo siguiente en su artículo 4: “(…) el derecho del periodista a abstenerse de [...]

  9. [...] el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen…..”; y entre los segundos, los Principios internacionales de ética profesional del periodismo aprobado por la UNESCO (principio 6) que dice “respeto a la vida privada y a la dignidad del [...]

  10. [...] el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen…..”; y entre los segundos, los Principios internacionales de ética profesional del periodismo aprobado por la UNESCO (principio 6) que dice “respeto a la vida privada y a la dignidad del [...]


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